En un fallo sin precedentes que podría reconfigurar las demandas por efectos adversos tras las campañas de vacunación masiva durante la pandemia, la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba reconoció la existencia de una relación causal directa entre la aplicación de la vacuna Sputnik V y el fallecimiento de Melín Agustina Sartori, una joven de 24 años que perdió la vida en julio de 2021.
Melín Agustina Sartori, una joven deportista sin antecedentes médicos de relevancia, recibió la primera dosis del esquema de inmunización contra el COVID-19 en el contexto de la emergencia sanitaria. Pocos días después de la inoculación, comenzó a manifestar un cuadro clínico grave que derivó en un síndrome de trombosis con trombocitopenia (VITT).
A pesar de la atención médica recibida, el deterioro neurológico fue irreversible, culminando en su fallecimiento apenas 14 días después de haber recibido la vacuna. Desde aquel momento, su familia emprendió una larga lucha judicial para obtener respuestas sobre el origen del cuadro médico que le costó la vida.
Durante años, el Estado Nacional mantuvo una postura cerrada, clasificando el caso bajo la categoría de «Indeterminado B1», alegando que no existía evidencia científica concluyente para vincular la vacuna con el deceso. Sin embargo, la reciente sentencia de la Cámara Federal de Córdoba marca un punto de inflexión.
El tribunal, apoyándose en la Ley 27.573, argumentó que para configurar la responsabilidad del Estado no es necesaria una «certeza absoluta», sino la «preponderancia de la evidencia». Los magistrados valoraron los informes de especialistas médicos que establecieron, con grado de probabilidad suficiente, que el síndrome padecido por la joven fue una consecuencia directa de la administración del fármaco.
La defensa de la familia, encabezada por el abogado Martín Barbará, fue incisiva al denunciar la ausencia de un sistema de farmacovigilancia robusto y continuo para la Sputnik V en el momento en que se aplicó. Según los letrados, esta deficiencia administrativa impidió no solo la detección temprana de reacciones adversas, sino también el acompañamiento adecuado a quienes sufrieron efectos secundarios.
La justicia cordobesa ha ordenado ahora al Ministerio de Salud de la Nación que finalice el trámite administrativo de indemnización (cuyo monto asciende a aproximadamente 95 millones de pesos) en un plazo no mayor a 30 días, cerrando así un capítulo de incertidumbre para la familia.
Este fallo no solo representa un acto de reparación para los allegados de Sartori, sino que sienta un precedente judicial de alto impacto en Argentina. El reconocimiento de esta responsabilidad estatal abre la puerta a que otros casos, anteriormente desestimados por falta de pruebas concluyentes, puedan ser revisados bajo el criterio de la «preponderancia de la evidencia».




