Japón: confirman la constitucionalidad de la prohibición del «matrimonio» homosexual

El tribunal del distrito de Osaka dictaminó esta semana que la postura del gobierno japonés sobre el matrimonio homosexual no es inconstitucional. «La prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo no viola la Constitución», afirma la sentencia.

El matrimonio entre personas del mismo sexo sigue sin ser reconocido en Japón, y la sentencia constituye un nuevo revés para el método, que ha demostrado ser exitoso en la mayoría de los países, de invadir judicialmente la soberanía nacional.

La sentencia también rechazó la solicitud de tres parejas de la región de Kansai que buscaban una compensación financiera del gobierno japonés por haber actuado de manera inconstitucional. Se trata de la segunda sentencia.

La Constitución japonesa define el matrimonio como una «unión de mutuo consentimiento entre los dos sexos». El gobierno no tiene la intención de presentar un proyecto de ley para modificar el texto e introducir la igualdad del matrimonio.

Las normas del estado civil japonés se basan en el matrimonio entre hombres y mujeres, e incluyen cuestiones como la herencia, los beneficios fiscales y la custodia de los hijos.

Algunas autoridades locales han intentado emitir certificados de reconocimiento de las uniones del mismo sexo, pero estos documentos no son legalmente vinculantes.

El único país del G7 que se mantiene firme

Con esta decisión, Japón consolida su posición como el único país del G7 -el foro de las principales economías capitalistas integrado por Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Reino Unido y Estados Unidos- que aún no ha cedido a los grupos de presión LGBT legalizando las uniones del mismo sexo.