El Juzgado Federal N.º 4 de la ciudad de Mar del Plata, Argentina, a cargo del juez Alfredo López, dispuso una medida cautelar y ordenó suspender promoción de la inoculación de los menores hasta tanto se garantice el acceso a la «información suficiente» sobre efectos adversos, contraindicaciones, y riesgos conocidos y potenciales del producto al momento de aplicar la inyección.
«No se cuenta con la información completa de los resultados de los ensayos clínicos realizados hasta la fecha, ni con datos de las etapas efectivamente transcurridas (y como el contexto de emergencia ha modificado los procedimientos a tales fines)».
En la causa 14056/2022 caratulada “Arrillo Couhez, María Alicia Noemí y otros c/ Poder Ejecutivo Nacional y otro s/Amparo Colectivo -SB/LC/JGI/VC”, la que ha sido promovida contra el Estado Nacional, contra el Ministerio de Salud de la Nación, y contra la Farmacéutica Moderna, representada en Argentina por Laboratorio RAFFO Monteverde S.A., a fin de que se suspenda sin más trámite la inoculación en menores de 6 meses a 16 años de edad de las vacunas autorizadas en nuestro país contra la COVID 19 – SARS COV2 establecido mediante el Decreto 431/2021 1 y las modificaciones a la Ley 27.573 2 y sus normas complementarias, considerando estos actos médicos en infracción legal y constitucional, potencialmente riesgosos para la población infantil.
Justificó su decisión al afirmar que el Ministerio de Salud de la Nación no brindó información suficiente sobre los efectos de la inoculación en niños de entre 6 meses y 16 años.
La medida cautelar estará vigente hasta que «se verifique por parte de los codemandados -Poder Ejecutivo Nacional y Ministerio de Salud de la Nación- la implementación de las medidas necesarias a fin de garantizar el acceso a la información relacionada a los efectos de la inoculación de aquellas vacunas contra covid-19 autorizadas para su distribución en nuestro país», indica el fallo.
El Ministerio de Salud de la Nación cuenta con un plazo de dos días, a partir de hoy, para recurrir esta medida cautelar. En tanto eso ocurra, no se podrán aplicar vacunas contra el COVID a menores de 16 años en el país.
Busca asegurar que se notifique a los padres o tutores al momento de la vacunación sobre las contraindicaciones de estos productos, los posibles efectos adversos y el derecho de indemnización que tienen en caso de muerte o incapacidad total o parcial a causa de la vacunación.
«Se dispone que la medida sea cumplimentada en debida articulación con las autoridades sanitarias provinciales y municipales, quienes tienen a su cargo la implementación operativa del Plan de vacunación referido, respecto de los cuales quedará a cargo de las codemandadas la obligación de su notificación, con posterior acreditación en los presentes actuados, evitando dilaciones que pudiesen comprometer los derechos de los actores», concluye el documento.