El Pleno del Senado de España aprobó el día miércoles 06 de abril, de manera definitiva, la ley que modifica el Código Penal. La finalidad es castigar el denominado «acoso» (cuyo tipo penal incluye reunirse a rezar, informar, expresar la opinión) a las mujeres que acuden a la práctica un aborto procurado dentro de las clínicas que prestan tal “servicio”; lo que no se dice es que muchas veces ellas son empujadas por el entorno de determinados colectivos pro-abortistas o de las propias clínicas para así sostener el negocio millonario que implica tal despliegue corporativo. El ahora delito «de rezo» estará penado con tres meses a un año de prisión o trabajos en beneficio de la comunidad; tal parece que una vez más los metas capitales se han escudado en la protección política para la proliferación de un mercado a base de sangre inocente.
Tal como se informa desde España, “Con 154 votos a favor frente a los 105 en contra de PP y Vox, se ha aprobado el dictamen de la Comisión de Justicia de la Cámara Alta sobre la proposición de ley del PSOE que incorpora un nuevo artículo al Código Penal (el 172 quater), de forma que quienes se concentren a las puertas de las clínicas abortiva estarán cometiendo un delito”.
Una vez más el secularismo demostró su verdadero rostro, aunque ya sabe que los defensores de la laicidad seguirán argumentando cual militante socialista respecto a Cuba: “es que eso no es el verdadero laicismo, en la teoría nuestro sistema se trata de respeto y tolerancia”. Finalmente se ve que la tolerancia al mal, acompañada de la gran falacia ad populum llamada democracia, es la puerta de entrada a la tiranía que sólo busca excluir al cristianismo de la faz de la Tierra. Ahora gracias a los defensores de la liberación plena, hoy en la madre patria es delito rezar.