Lanzado hace una década para combatir delitos fronterizos como el narcotráfico y la trata de personas, el programa de inteligencia predictiva se ha extendido tierra adentro en los últimos cinco años, pasando de la búsqueda de sospechosos buscados al escrutinio de rutas cotidianas.
Este sistema plantea serios riesgos a la privacidad, porque implica rastrear a conductores comunes, no solo personas sospechadas de delitos graves.
Las cámaras, camufladas en dispositivos de seguridad vial como bidones y barriles, capturan datos de los vehículos; luego, un algoritmo evalúa los orígenes, los destinos y las rutas, etiquetando los patrones sospechosos, por ejemplo, caminos rurales, coches de alquiler o viajes breves a zonas fronterizas.
El sistema no se limita solo a la zona inmediata de la frontera: hay cámaras hasta cientos de kilómetros hacia el interior, en ciudades como Chicago, Detroit, Los Ángeles, incluso en rutas no fronterizas.
En un ejemplo, AP descubrió que la agencia ha colocado al menos cuatro cámaras en el área metropolitana de Phoenix a lo largo de los años, una de las cuales estaba a más de 120 millas (193 kilómetros) de la frontera mexicana, más allá de la jurisdicción habitual de la agencia de 100 millas (161 kilómetros) de una frontera terrestre o marítima.
Los agentes transmiten alertas a la policía local, que inicia controles de tráfico pretextuales por infracciones como exceso de velocidad o llevar un ambientador colgando, escalando hasta intensos interrogatorios e inspecciones de vehículos. Al usar infracciones de tránsito que incluso sean leves para detener vehículos, se abre la puerta a abusos.
Una investigación —basada en entrevistas con ocho exfuncionarios anónimos, docenas de funcionarios actuales, abogados, defensores de la privacidad y miles de registros judiciales y gubernamentales— descubre el secretismo del programa: la Patrulla Fronteriza omite referencias en los documentos para eludir la supervisión.
Su organismo matriz, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EEUU (CBP), defiende este sistema como una herramienta para desmantelar redes criminales, sujeta a políticas «estrictas» y límites constitucionales, con autoridad para operar en cualquier lugar de EEUU a pesar de una zona fronteriza principal de 100 millas.
La Patrulla Fronteriza tiene un programa llamado CMPRS (Sistema de Monitoreo de Vehículos y Reconocimiento Predictivo). Según documentos presupuestarios de CBP, este programa “compara las imágenes de matrículas con listas activas para ayudar a identificar patrones de viaje indicativos de actividades ilegales relacionadas con la frontera”.
Aunque CBP dice que usa este sistema para “amenazas” y “patrones criminales”, hay dudas sobre cómo se define lo “sospechoso” y qué controles legales existen. ¿Por qué sería tan grave que no se sepa cómo definen “sospechoso”? Porque vuelve imposible impugnar legalmente la detención, permite abuso policial sin transparencia, convierte a los ciudadanos en vigilados permanentes, crea precedentes peligrosos de “pre-crimen” y debilita el derecho a la privacidad y al movimiento.
En democracia, ningún sistema de vigilancia que pueda gatillar una parada policial puede ser secreto. Nunca.
La red ahora integra datos de lectores de la DEA, proveedores privados y sistemas locales financiados con subvenciones; la policía de Texas ha solicitado la asistencia de la Patrulla Fronteriza con el reconocimiento facial para la identificación de conductores.
Según exfuncionarios, también han usado datos de empresas privadas como Rekor, Vigilant Solutions y Flock Safety.
Bajo la administración Trump, la CBP busca 2.700 millones de dólares para incorporar inteligencia artificial en sus expansiones.
Expertos legales señalan violaciones de la Cuarta Enmienda en la vigilancia masiva que rastrea a «todos y en todas partes en todo momento», según el profesor Andrew Ferguson de la Universidad George Washington.
La Cuarta Enmienda protege contra “búsquedas y detenciones irrazonables” y exige que haya causa probable o al menos sospecha razonable (reasonable suspicion) para detener a alguien. Si un algoritmo marca un vehículo como sospechoso sin explicación, eso NO es legalmente suficiente para justificar una detención o una búsqueda.
Los tribunales han dicho que la sospecha razonable debe ser específica, articulable, basada en hechos, no en intuiciones o parámetros secretos (Terry v. Ohio, 1968).
El uso masivo y sistemático de lectores de matrículas podría considerarse una búsqueda bajo la Cuarta Enmienda si permite reconstruir los movimientos de una persona. La Corte Suprema ya sugirió en Carpenter v. United States (2018) que el seguimiento constante de movimientos a través de tecnología avanzada sí puede ser una búsqueda que requiere orden judicial basada en causa probable, no simplemente hacerlo por costumbre o porque un algoritmo lo sugiere.
Es decir, que seguir a alguien físicamente 24/7 sin orden judicial es inconstitucional, seguirlo digitalmente usando cámaras y algoritmos también lo sería.
Y como si fuera poco, se podría rozar una violación de la Decimocuarta Enmienda si el algoritmo se usa de manera discriminatoria o produce detenciones no uniformes por zona, por tipo de vehículo, por contexto socioeconómico, por perfil racial indirecto… es decir que también puede existir una violación de igual protección bajo la ley (Equal Protection Clause). Muchos algoritmos policiales han sido criticados precisamente por esto.
Nicole Ozer, de la Facultad de Derecho de la Universidad de California en San Francisco, declaró: «Están recopilando enormes cantidades de información sobre quiénes son las personas, adónde van, qué hacen y a quién conocen. Estos sistemas de vigilancia no hacen que las comunidades sean más seguras».




